Querella

En este artículo para abogado Pamplona, hablaremos sobre un proceso Judicial al que a muchos/as puede sonarle, la querella.

Una querella es una declaración conformada por escrito, donde una persona solicita la apertura de un proceso penal donde el querellante será el parte. A través de este documento escrito, el solicitante expone ante un Juez los hechos que pueden constituir un delito.

En la querella, los actores principales son la persona que la presenta ( el querellante) y la persona contra quien se presenta este documento escrito ( el querellado).

Partes en una querella

Tal y como explicábamos en el párrafo anterior, en la querella intervienen 2 partes, la parte acusadora y la acusada.

Parte acusadora

Fiscal

El Fiscal puede ser la parte acusadora cuando:

  • Delitos que no se encuentren reservados a una querella privada por injuria y calumnia, dicho de otro modo, prácticamente todos los delitos.
  • Delitos donde el ofendido no disponga de la mayoría de edad o que sufra de una discapacidad con necesidad de cuidados especiales.

Acusador particular

Es la persona que ha sido ofendida por el hecho delictivo y por el cual se tramita la querella.

Aunque sea parte del Ministerio Fiscal, se puede dar el caso de existir una parte acusadora, denominada en este caso como acusador particular.

Acusador privado

Es la persona afectada por los delitos de injuria y calumnia.

En general, pueden ser querellantes como acusador particular o privado, todos los ciudadanos españoles y extranjeros perjudicados.

Acusador popular

Se trata de la persona no ofendida o perjudicada por los hechos delictivos, pero únicamente interviene en el proceso penal cuando solicita una pena para el autor del delito. También es importante recalcar que tan solo las personas físicas o jurídicas con nacionalidad española, son las que pueden intervenir como acusación popular.

Acusador civil

Es la persona que solicita una reparación del daño causado o la indemnización compensatoria correspondiente.

Parte acusada

Investigado o imputado

El investigo o imputado es el presunto autor de los hechos delictivos.

Responsable civil

Es la persona civilmente responsable, es decir, puede ser el propio autor o el cómplice del acto delictivo

Clases de querella

Se puede distinguir dos clases de querella:

Querella privada

Es la que se presenta por el particular afectado por el delito.

Existen delitos que únicamente se puede perseguir si la querella se presenta por el afectado, como el delito de calumnias e injurias.

Querella pública

Es la que se presenta por el Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad.

Conclusión

La querella es un recurso al que podemos recurrir por nuestra cuenta, pero desde abogados Pamplona aconsejamos el asesoramiento de un experto para estos casos. Si te encuentras en disposición de tramitar una querella, puedes visitar nuestra página web, estaremos encantados de poder ayudarte.

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