Conducir bajo los efectos del Alcohol

Conducir bajos los efectos del alcohol es algo que nunca tenemos que hacer, es una irresponsabilidad muy grande coger el coche sin estar en tus plenas facultades mentales. Obviamente este tipo de irresponsabilidades se pagan caras y precisamente de eso vamos a hablar en este artículo. En este artículo realizado por abogados Pamplona, nos adentraremos en profundidad respondiendo a distintas preguntas que te pueden surgir si has dado positivo en un control de alcoholemia.

Conducir bajos los efectos del alcohol es delito y te puede acarrear graves consecuencias, en función de la tasa de alcoholemia del conductor se puede considerar desde una pequeña sanción administrativa hasta un delito pagado con cárcel.

Delito de Alcoholemia según del código penal

Conducir bajo los efectos del alcohol se encuentra regulado en el artículo 379.2 cp incorporado en delitos contra la seguridad vial, en el que se establece las penas a conductores bajo el efecto de drogas tóxicas, alcohol, estupefacientes… En caso del alcohol la tasa de aire expirado no puede ser mayor a 0,60 miligramos por litro o una tasa de sangre superior a 1,2 gramos por litro.En caso de 6 mayor la pena a imponer sería:
Pena de prisión de 3 a 6 meses
Multa de 6 a 12 meses
Trabajos comunitarios de 31 a 90 días.

En todos los casos anteriores se impondrá una sanción al conductor que le imposibilitaba conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo superior a un año con límite de 4.

Procedimiento Penal

Los agentes encargados de realizar la prueba de alcoholemia al conductor pasarán el informe al juzgado. El juez citará al conductor a un juicio rápido. En el juicio el conductor puede declararse culpable y así reducir su pena a un tercio.

Infracción administrativa

En los casos donde el conductor no supere los límites de la tasa contemplados en el código penal, la infracción cometida por el conductor se quedará en una infracción administrativa muy grave.

Para conductores con 2 años de experiencia o más: 0,5 gr/l en sangre o 0, 25 gr/l en aire espirado.
Para los conductores profesionales( taxistas, choferes…): 0,3 gr/l en sangre o 0, 15 gr/l en aire espirado.
Para los conductores noveles (con menos de dos años de carnet): 0,3 gr/l en sangre o 0,15 gr/l en aire espirado.

En estos casos la infracción administrativa conlleva un importe de hasta 1000 euros, sumado a la suspensión del carnet de entre 3 y 6 meses y la pérdida de 4 a 6 puntos .

Alcohol ingerido para dar positivo

Es imposible dar una respuesta certera a esta pregunta. Hay distintos factores para que una prueba de alcoholemia dé resultado positivo o negativo. De forma general y a carácter orientativo podemos indicar que el límite para un varón de 70 KG es de una lata de cerveza y vaso y medio de vino. Para una mujer de 60 KG el límite estaría en la mitad de lo indicado anteriormente. Pero como ya hemos dicho, estas indicaciones son orientativas.

¿Es obligatorio someterse a la prueba?

Ningún conductor puede negarse a realizarla ya que es de carácter obligatorio. Si el conductor se niega a realizarla puede ser sancionado con una multa de 500 euros y la retirada de 6 puntos del carnet. También el conductor puede verse incurrido en un delito contra la seguridad vial que le puede acarrear una pena de 6 a 12 meses y la privación de conducir de 1 a 4 años.

Derechos del conductor

El conductor puede solicitar una segunda prueba una vez pasados al menos 10 minutos. Aún así el conductor no puede estar de acuerdo con la prueba y solicitar un análisis de sangre, que si al final es positivo el conductor lo deberá pagar.

Conclusión

Conducir bajo los efectos del alcohol, drogas o cualquier otra sustancia que nos imposibilite de manera total o parcial conducir, está prohibido y castigado por la ley. Nuestra recomendación es que nunca conduzcas sin estar en tus plenas facultades mentales, ya no por la sanción, los puntos o incluso la cárcel, si no por la responsabilidad que conlleva conducir un vehículo con el que puedes arrebatar una vida.

 

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